Medidas alternativas

Cambio de mentalidad en materia de integración laboral para las personas con discapacidad. Desde 2014, se actualizó legislación y se aprobó la Ley General de los Derechos de la Personas con Discapacidad y su Discapacidad y su Inclusión Social. Conocida como Ley General de Discapacidad (LGD). Una respuesta eficaz de modelo de integración con retos sociales, políticos y empresariales.

3 de diciembre de 2013

LEY GENERAL DE DISCAPACIAD (LGD) Real Decreto Legislativo 1/2013

 

Regulariza, aclara y armoniza tres normas: LISMI, LIONDAU (2003) y Ley de Infracciones y Sanciones (2007), concebidas para atender los derechos de personas con discapacidad. Requisitos:

Aquellas empresas públicas y privadas que emplean a 50 o más trabajadores (cómputo total de empleados) están obligados a contratar, al menos a el 2% con certificado de discapacidad igual o superior al 33%.

Medidas alternativas y Excepcionalidad.

– Cuota de reserva del 2% según el Art. 42.1 de la LGD.

    El Real Decreto 27/2000 establece medidas alternativas con carácter excepcional siempre y cuando, las empresas puedan justificar su imposibilidad de cumplir la ley.

    Mecanismo que propone la ley para facilitar el cumplimiento, mediante vías diferentes de contratación directa tras justificar imposibilidad.

    Posibilidades

    – Contrato mercantil o civil con Centro Especial de Empleo (CEE) para el normal desarrollo de la actividad.

    – Donación o patrocinio, monetario a entidades sin ánimo de lucro cuyo fin sea creación de empleo a favor de personas con discapacidad, formación profesional e inserción laboral.

    – Relación contractual con un CEE de acuerdo a lo establecido en el Real Decreto 290/2004, de 20 de febrero, donde se regulan los enclaves laborales para fomentar el empleo de personas con discapacidad.

    Mediante la contratación de un Centro Especial de empleo, se cumple con la LGD.

    ¿Tiene su empresa 50 o más trabajadores? ¿Existe imposibilidad de encontrar profesionales con discapacidad?

     

    Únicamente en estos casos, es posible solicitar la aplicación de medidas alternativas que permitan cumplir con la Ley.

    El primer paso para tramitar medidas alternativas es la solicitud de información a nuestro servicio de asesoramiento y les explicamos con todo detalle su tramitación.